lunes, 9 de junio de 2008

DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES


Derecho al medio ambiente: derecho constitucional ligado a la salud y a la vida, este se le atribuye al estado, a los particulares y a las empresas industriales.

Derecho al trabajo Art 25 CN: no es difícil entender su importancia, con este se puede dar un desarrollo más grande a nuestro país y a nuestra comunidad. El constituyente no se limito en reconocer el trabajo en una disposición constitucional
Algunos derechos de los trabajadores
- Derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas: Art 23 de la declaración universal de los derechos humanos
- Estabilidad en el empleo: no puede ser removido sin justa causa, sin peso
- Protección especial a la mujer y a la maternidad
- Libertad de escoger profesión u oficio
Sentencia T-084 de 1994
- Pago oportuno de salarios - Mínimo vital exigido: sentencia T-130 de 2000: garantía para el trabajador para su subsistencia y la de su familia. La obligatoriedad del trabajo tiene su recompensa, es decir, la remuneración
- Derecho a la libertad sindical: de los trabajadores y los patrones – libre asociación: negociación colectiva para los acuerdos
Derecho a la salud: nace con el derecho a la asistencia pública. Ahora tiene un sentido más amplio. Servicios protección a la salud y prestación de la seguridad social.
- Es conexo a la vida
- De carácter asistencial
- Como derecho colectivo
El derecho a la salud como derecho
- Prestacional: configura una obligación al estado a la sociedad y a la familia para su cumplimiento. En inicio es prestacional.
- Fundamental: En conexidad, aparece como un derecho fundamental, Sentencia T 209 de 1999: la salud le compete al Estado, a la sociedad y a la familia.
- Colectivo: relacionado a la salubridad pública: un ambiente sano
Se dispone de dos régimen:
- Régimen contributivo
- Régimen subsidiado
Servicios públicos: actividades relacionadas con la educación la seguridad social la salid la preservación del medio ambiente e incluye las actividades de los notario y los registradores Art 365 CN. Depende de la existencia física de elementos estructurales, no gratuitos y puede estar a cargo del Estado o de Empresas independientes
Derecho a la educación: Tiene doble connotación:
- Como un derecho
- Como un servicio público

Importancia: al brindarles igualdad a las personas para la educación, estas tendrán también igualdad al acceder a laborar


Tiene doble connotación para ser un derecho fundamental:
- Cuando el titular es un menor de edad
- Cuando la amenaza o violación del derecho implica la vulneración de otro derecho

Vivienda Digna: Debe ofrecer seguridad y condiciones mínimas que la hagan habitable. Que este a la altura de los adelantos de la comunidad. Se prohíben los desalojos forzosos para garantizar este derecho. Es un derecho asistencial que debe ser garantizado por el Estado

Derecho a la Alimentación: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado, y allí se encuentra el de la alimentación según la declaración de los derechos humanos. En el pacto internacional, también se garantiza. Art 65 Producción de alimentos gozará de la protección del Estado

No hay comentarios: